Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.262


Artículo R.262

Cométese a la Dirección de Prensa, con plazo de 15 días, en coordinación con la Dirección de Cómputos y la Sub Dirección General de Ingresos Públicos,poner en funcionamiento el sistema que permita dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 13 del presente acto reglamentario y viabilizar el trámite WEB.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 03870/2022 de 2022-04-29 Artículo 16