Digesto Departamental

SECC. ÚNICA
Artículo D.91

Créase el Municipio de SAN CARLOS. Los límites de su jurisdicción electoral serán los establecidos en la Ley N° 16.569 que corresponden a la 2da., 4ta. y 6ta. Secciones Judiciales del Departamento de Maldonado. Distritos Electorales: DBA (San Carlos Centro), DBB (Partido Norte), DBC – DDC (Carapé – Caracoles), DDA (Mataojo), DDB (Guardia Vieja), DED (La Barra urbana), DEE (Corte de la Leña), DEF (Las Cañas), DBD (Lavagna), DBE (La Cuchilla), DBF (Rodríguez Barrios), DBG (Asturias) y DEH (Pago de la Paja – Rural).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3862 de 2010-02-11 Artículo 1
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1

Artículo D.92

Créase el Municipio de PIRIÁPOLIS el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:

Al Oeste: Arroyo Las Tarariras;

Al Sur: el Río de la Plata;

Al Norte: Ruta Interbalnearia, borde del Lago de los Cisnes y Laguna del Sauce hasta el Arroyo El Potrero;

Al Este: Arroyo El Potrero.

Distritos Electorales: DCB (Piriápolis) y DAD (Punta Ballena).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3862 de 2010-02-11 Artículo 2
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1

Artículo D.93

Créase el Municipio de PAN DE AZÚCAR el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:

Al Norte: Límite con el Departamento de Lavalleja;

Al Sur: Ruta 93, y al Este Arroyo El Sauce, Sierra del Sauce y borde de las Lagunas del Potrero, de los Cisnes y del Sauce;

Al Oeste: Sierra de las Ánimas y Arroyo Las Flores hasta Ruta 93;

Distritos Electorales: DCA (Pan de Azúcar) y DCC (Sierras de Pan de Azúcar).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3863 de 2010-03-02 Artículo 1
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1

Artículo D.94

Créase el Municipio de PUNTA DEL ESTE el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:

Este: Desde la Parada 16 de Rambla Claudio Williman, Avda. Rpca. Argentina, Avda. Martiniano Chiossi, calle Mar Negro, calle Simón Bolívar, calle Salvador Allende, calle Tailandia, calle de la Virgen, Boulevard Artigas, Avda. Cachimba del Rey y Avda. Aparicio Saravia hasta la desembocadura del Arroyo Maldonado, incluyendo las manzanas Nº 456, 1802 y 1589 de Punta del Este.

La Isla Gorriti está comprendida dentro de la jurisdicción que se le asigna al Municipio de Punta del Este.

Distritos Electorales: DAB (Punta del Este) y DAK (Cantegril).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3862 de 2010-02-11 Artículo 4
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1

Artículo D.95

Créase el Municipio de AIGUÁ el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:

Al Este: Arroyo del Alférez, Arroyo de Rocha, Cuchilla Falsa y Cuchilla de los Cerrillos, Camino Vecinal y Arroyo José Ignacio;

Al Sur: Caminos Vecinales;

Al Oeste y Norte: Por parte del Arroyo de los Caracoles y Arroyo del Aiguá;

Distritos Electorales: DFA (Aiguá), DFB (Los Talas) y DDD (Coronilla).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3863 de 2010-03-02 Artículo 2
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1

Artículo D.96

Créase el Municipio de GARZÓN el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:

Al Oeste: Arroyo y Laguna José Ignacio;

Al Norte: Camino Vecinal que va por Sierra de Garzón y Cuchilla de los Cerrillos;

Al Este: Arroyo Garzón;

Al Sur: Océano Atlántico;

Distritos Electorales: DEA (Garzón), DEC (Izcua Rural), DEB (Garzón Arriba) y DEG (Faro de José Ignacio Rural).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3862 de 2010-02-11 Artículo 6
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1

Artículo D.97

Créase el Municipio SOLÍS GRANDE el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:

Al Oeste: Arroyo Solís Grande;

Al Norte: Arroyo Sauce y Sierra de las Ánimas;

Al Este: Arroyo Las Flores, Ruta 9 y Arroyo de las Tarariras;

Al Sur: Río de la Plata;

Distritos Electorales: DCD, DCE y DCF.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3862 de 2010-02-11 Artículo 7
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1

Artículo D.98

Créase el Municipio de la ciudad de MALDONADO (capital departamental) el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:

Al Oeste: Arroyo El Potrero y borde de la Laguna del Sauce hasta límite Norte con jurisdicción del Municipio de San Carlos;

Al Norte y Este: El inicio de la jurisdicción del Municipio de San Carlos;

Al Noroeste: El inicio de la jurisdicción territorial del Municipio de Piriápolis;

Al Sur: Río de la Plata hasta Parada 16 Rambla Claudio Williman (donde limita al Este y Sureste con jurisdicción del Municipio de Punta del Este);

Distritos Electorales: DAA (Centro Maldonado), DAC (Los Ceibos), DAE (Pinares), DAF (Cerro Pelado), DAG (Hipódromo), DAH (Maldonado Nuevo), DAI (El Jagüel) y DAJ (Las Delicias).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3862 de 2010-02-11 Artículo 8
Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 Artículo 1