Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.169


Artículo D.169

Los ahorros que se generen por ceses o retiros de funcionarios que estuvieran percibiendo Prima por Antigüedad serán redistribuidos anualmente en la Prima por Buen Desempeño en acuerdo con ADEOMM y contribuirán al aumento de la partida estipulada. Los ahorros antes mencionados serán redistribuidos entre los funcionarios que superen el tope establecido y que ya lo estén percibiendo.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3843 de 2008-10-06 Artículo 38