VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO VII
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SECCIÓN I
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Los funcionarios de las Direcciones Generales de Deportes, Cultura y Promoción Social instrumentarán el otorgamiento de las mismas entre los meses de Enero y Febrero de cada año.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 1227/2001 de 2001-03-21 | Artículo 3 |