VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO IV
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SECC. ÚNICA
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Antes del 30/12 de cada año, las distintas Direcciones Generales y Juntas Locales comunicarán a la Dirección General de Administración y Recursos Humanos la nómina de Profesionales incluidos en el régimen y los objetivos a cumplir. A su vez, remitirán antes del 30/06 de cada año un detalle del cumplimiento de esos objetivos y la asignación de nuevos si correspondiere, lo que determinará o no, futuras renovaciones.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 332/2010 de 2010-01-12 | Artículo 4 |