Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.139


Artículo D.139

Los postulantes deberán contar con una antigüedad mínima de dos años en la clase de cargos que ocupa.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3881/2011 de 2011-07-26 Artículo 94