VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO VIII
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SECC. ÚNICA
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La Intendencia Municipal, cuando corresponda, solicitará a la Junta Departamental, autorización para efectuar trasposiciones entre los Rubros y Sub-Programas de Inversiones. Si en el plazo de 30 días de recibida la solicitud, el Cuerpo no se expidiera sobre el punto, el Ejecutivo Comunal quedará autorizado para efectuar la trasposición gestionada.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3642 de 1991-09-13 | Artículo 19 |