Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.89


Artículo D.89

Autorízase a reasignar créditos presupuestales resultantes de la transformación de vacantes operada por Decreto 3810/06 para atender la incorporación de funcionarios de otros organismos que se encuentren en régimen de comisión en la Intendencia Departamental por un plazo mínimo de diez años, siempre que su Evaluación del Desempeño sea igual o superior al mínimo exigido.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3881/2011 de 2011-07-26 Artículo 121