VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO VII
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SECC. ÚNICA
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Se mantienen las clases de cargos de aquellos funcionarios que actualmente ocupan cargos presupuestales en escalafones que no se corresponden con los definidos en D.67, los que se suprimirán al vacar.
Los funcionarios cuya clase de cargos actual exceda los niveles de actividad establecidos en D.66, se mantendrán en el nivel inmediato inferior que corresponda.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3881/2011 de 2011-07-26 | Artículo 21 |