VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO IV
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SECCIÓN I
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Los funcionarios serán responsables de los errores, omisiones y negligencias que se constaten en el ejercicio del cargo, con el fin de individualizar a los intervinientes y como signo de responsabilidad, todos los empleados que actúen en la expedición, contralor o copia de documentos, deberán colocar sus iniciales sobre los mismos, así como su firma y número de ficha, si debieran intervenir en forma directa, sea con opiniones, informes, foliaturas o cualquier otra clase de actuación escrita.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3828 de 2007-09-12 | Artículo 21 |