Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.42


Artículo D.42

Los empleados cuidarán de la debida conservación de los muebles y útiles que le hubieren sido confiados.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3828 de 2007-09-12 Artículo 20