VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO VII
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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El importe de Patente de Rodados para los ciclomotores registrados con placas de alquiler será del 50% (cincuenta por ciento) de la correspondiente al valor del aforo del vehículo, este beneficio sólo será para aquellos que estén al servicio en forma permanente, durante todo el año.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3653 de 1992-05-20 | Artículo 13 |