VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO VII
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Es obligatorio para las empresas permisarias ejecutar los aspectos relativos a la contratación de vehículos en locales adecuados que contarán con Habilitación Higiénica Ambiental, debiendo registrar su domicilio comercial en la Intendencia Municipal de Maldonado, Dirección de Tránsito y Transporte.
Además deberán contar con local para los vehículos, los que no podrán quedar depositados o en exhibición en la vía pública.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3653 de 1992-05-20 | Artículo 4 |