Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.422


Artículo D.422

Es obligatorio para las empresas permisarias ejecutar los aspectos relativos a la contratación de vehículos en locales adecuados que contarán con Habilitación Higiénica Ambiental, debiendo registrar su domicilio comercial en la Intendencia Municipal de Maldonado, Dirección de Tránsito y Transporte.

Además deberán contar con local para los vehículos, los que no podrán quedar depositados o en exhibición en la vía pública.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3653 de 1992-05-20 Artículo 4