VOLUMEN XI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO IV
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SECCIÓN III
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TASA DE CONTRALOR DE HIGIENE AMBIENTAL
Modificase el artículo 90º del Decreto Departamental N° 3947/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera: ?La Tasa de Contralor de Higiene Ambiental deberá abonarse de acuerdo a 5 categorías que se detallan a continuación.
Cada una de las categorías estará integrada por los giros comerciales que se enumeran.
Categoría 1: monto $ 2.311
Agencia de colocaciones
Alquiler de bicicletas, motos, ciclomotores y/o cuatriciclos
Alquiler o venta de DVD - Blue ray, video juegos y/o equipos para su proyección
Antigüedades Artesanías - Bijoutería
Bombonerías
Cerrajería
Cocinas artesanales (dentro de viviendas sin venta al público in situ)
Cyber - locutorio
Escritorio comercial - seguros - trámites
Escuelas náuticas menores (surf - windsurf - kitesurf - buceo)
Estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras (menor a 10 plazas)
Estudio fotográfico
Estudios o consultorios profesionales
Florería
Jardín de infantes - guarderías - academias o institutos (hasta 50 alumnos)
Kiosco (fuera de espacios públicos)
Librería
Manicura / Podóloga
Masajista
Mercería
Mimbrería
Peluquería (hasta 2 sillones)
Provisión - Almacén (hasta 20 m²)
Puesto de Frutas y verduras
Relojería
Reparación de calzados - Sastrería - Modista - Tapicería
Tintorería
Yuyería - Herboristería - Botica - Santería.
Categoría 2: monto $ 6.111
Alquiler de vehículos
Alquiler de maquinaria
Audio Bar - pool
Bazar
Bicicletería
Cafetería (hasta 3 mesas)
Canchas deportivas
Cantinas y comedores estudiantiles
Carnicería ? pollería
Carpinterías
Carros de comidas al paso - Food trucks
Casas de compra venta - remates - consignaciones
Casa de pesca, caza o camping
Centros de enseñanza, academias, institutos (de 51 hasta 300 alumnos)
Clubes cannabicos
Decoración
Distribuidoras y depósitos (hasta 300 m²)
Equipamientos
Empresa constructora
Emisoras de radio - emisoras señal de cable
Empresa de seguridad - transporte de valores
Entretenimientos electrónicos
Estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras (de 11 a 50 plazas)
Estudios publicitarios
Fabrica de pastas
Fábricas o Industrias en general (hasta 300 m² )
Farmacia - homeopatía
Ferretería - barraca (hasta 300 m²)
Fiambrería
Financiera (casa de créditos)
Gimnasio
Gomería
Granja
Heladería
Herrería
Hogares de ancianos
Imprenta / Taller de Serigrafía / Ploteado
Inmobiliaria - Administración de propiedades
Joyería
Juguetería
Lavadero en Gral.
Laboratorios- clínicas - policlínicas (menores a 300 m2)
Leñería
Licorería - vinería o similares
Minimercado - supermercado - provisión - almacén (de 21 hasta 300 m)
Mueblería
Óptica
Panadería - panificadora
Papelería
Peletería - talabartería
Perfumería - cosmética
Pescadería
Pinturería
Pizzería - Chivetería (hasta 3 mesas)
Redes de cobranza/ casas de cambio / Financieras
Repuestos
Rotisería
Salón de belleza - peluquería (más de 2 sillones)
Salón de te
Sedes - club social
Servicios sanitarios (barométricas - baños químicos ? fumigación ? limpieza - mantenimiento de piscinas)
SPA
Sex shop - Boutique erótica
Talleres mecánicos
Tatuajes y afines
Tiendas en general: venta de electrodomésticos, audios, electrónica, telefonía, computación, ropa, accesorios
Tornerías
Tornillerías
Transporte de pasajeros
Transporte de carga
Venta y recarga de gas
Veterinarias - Agro veterinaria - Estética canina
Vidriería
Vivero
Categoría 3: monto $ 17.814
Agencia de loterías y quinielas
Automotoras
Banco
Bar de camareras o similares Boites - pub - resto pub - cabaret - locales bailables.
Camping (más de 200 plazas)
Canales de TV
Colegios - academias - universidades o institutos de enseñanza (más de 400 alumnos)
Depósitos o distribuidoras (más de 300 m²)
Discotecas
Empresa fúnebre
Establecimientos turísticos rurales
Estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras (51 a 200 plazas)
Estación de Servicio Fábricas o industrias en general (de 300 a 500 m²)
Ferias no eventuales
Food trucks
Guarderías náuticas de embarcaciones (motor o vela)
Hotel - hostel - hostal (hasta 40 habitaciones) / Casa de huéspedes/ Pensionado
Kioscos en espacios públicos
Laboratorios - clínicas - policlínicas (de más de 300 m²)
Parque de diversiones
Restaurante / Resto Pub
Salas de cine - teatro
Salones de eventos.
Supermercado (de 301 a 400 m2)
Tiempo compartido
Categoría 4: monto $ 27.641
Barracas - ferreterías
Cementerio de mascotas
Cementerio Parque
Estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras (de 201 a 500 plazas)
Fábricas o industrias en general (más de 500 m²)
Hotel - hostel - hostal (más de 40 habitaciones)
Motel de alta rotatividad
Paradores en espacios públicos
Prostíbulo
Sanatorios
Supermercados (de 401 hasta 500 m² )
Categoría 5: monto $ 110.568
Supermercados (más de 500 m²)
Aquellos locales comerciales con un único contribuyente, en los que previamente se haya autorizado el funcionamiento de más de una actividad, tributará de acuerdo a la perteneciente a la categoría de mayor valor.
Facúltase al Ejecutivo Departamental a ubicar dentro de las categorías preestablecidas, nuevas actividades comerciales que a la fecha no estén previstas, previo informes técnicos de las Direcciones Generales involucradas".
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 04036/2021 de 2021-07-15 | Artículo 94 |