Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.715


Artículo D.715

Comisión Especial.

Créase una Comisión Asesora del Intendente integrada por cuatro representantes del Ejecutivo Departamental y tres representantes de la Junta Departamental, con sus respectivos alternos. Será cometido de la Comisión:

a) entender en las gestiones que pretendan ampararse al régimen de excepción previsto en el presente Decreto Departamental y que cumplan con los siguientes requisitos en forma conjunta:

I) que el inmueble con destino casa habitación se localice fuera de las zonas indicadas en el Artículo D.707.

II) que se deba pagar por el respectivo inmueble un monto anual que no supere en un 100% los valores mínimos establecidos en el Artículo 80 del Decreto Departamental N° 4036/2021.

b) asesorar al Intendente respecto a la conveniencia de aplicar los beneficios establecidos en este Decreto Departamental al gestionante que se presente en cumplimiento de lo dispuesto en el literal anterior.



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Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4055/2022 de 2022-07-26 Artículo 9