Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.479


Artículo D.479

Residuos sólidos

La gestión de residuos orgánicos domiciliarios y podas se gestionarán dentro del emprendimiento.

El resto de los residuos deberán ser trasladados por parte de los administradores hasta el sitio que disponga la Intendencia.

La urbanización contará con un Plan de Gestión de residuos específico.

 



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4043/2021 de 2021-12-28 Artículo 14