VOLUMEN XII
|
||
LIBRO II
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO I
|
||
CAPÍTULO III
|
||
SECCIÓN II
|
1º) Dispónese en carácter excepcional y transitorio la inhabilitación durante la semana de turismo de la zonas costeras del Departamento, disponiéndose el cierre del acceso a las mismas.
2º) Cométese el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General Tránsito y Transporte.
3º) Comuníquese a Presidencia de la República, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio del Interior, Congreso de Intendentes, Municipios y Direcciones Generales. Hecho, pase por su orden a la Dirección de Comunicaciones para su amplia difusión y siga a la Dirección General de Tránsito y Transporte.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 02249/2020 de 2020-04-06 | Artículos 1 - 3 |