Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.225


Artículo R.225

Cuando el acogimiento al plan de facilidades se realice en la modalidad contado y durante el ejercicio 2019, éste se liquidará para tributos inmobiliarios a valores de febrero de 2019 sin multas y recargos, ajustado por IPC a la fecha de pago.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 06519/2019 de 2019-08-14 Artículo 4