VOLUMEN VIII
|
||
LIBRO I
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO III
|
||
CAP. ÚNICO
|
||
SECC. ÚNICA
|
La urna debe estar cerrada con llave y ésta se encontrará en poder del Empresario y a total disposición de los Inpectores Municipales. Antes de comenzar el ingreso de espectadores a la Sala, se vaciará la urna y destruirán las entradas que contengan, repitiéndose esa operación luego de transcurrida la primera mitad de la función.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3433 de 1981-11-20 | Artículo 7 |