Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.99


Artículo D.99

La urna debe estar cerrada con llave y ésta se encontrará en poder del Empresario y a total disposición de los Inpectores Municipales. Antes de comenzar el ingreso de espectadores a la Sala, se vaciará la urna y destruirán las entradas que contengan, repitiéndose esa operación luego de transcurrida la primera mitad de la función.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3433 de 1981-11-20 Artículo 7