VOLUMEN VIII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Los billetes de acceso a los espectáculos deberán ser troquelados en las Juntas Locales o en la Dirección de Tasas y Tributos de la Intendencia Municipal de Maldonado, previamente al ser puestos a la venta.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3433 de 1981-11-20 | Artículo 5 |