VOLUMEN V
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LIBRO X
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO II
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SECC. ÚNICA
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Podrán ampararse al presente Decreto las obras realizadas sin permiso de construcción en las azoteas de los edificios construidos por régimen de propiedad horizontal. En caso de que no se ajusten a la normativa vigente, luego de regularizadas serán aforadas a efectos del cobro de los tributos inmobiliarios con un coeficiente igual al doble del valor del monto aplicable al resto de la unidad.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 04010/2019 de 2019-07-02 | Artículo 10 | |
Dto.Jta.Dep. 04017/2019 de 2019-12-20 | Artículo 10 |