VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO VI
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN II
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Para las formas de pago y sus vencimientos se tendrá en cuenta lo establecido por el Artículo 44º del Decreto 3297, vencido el plazo de pago fijado por dicha norma legal, se aplicarán las multas y recargos establecidos por el Artículo 2° del Decreto N° 3712 sobre todos aquellos tributos no abonados en término.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 00163/2021 de 2021-01-07 | Artículo 3 |