VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN IV
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Como requisito previo a la Resolución Municipal, la solicitud debe de ser elevada e informada favorablemente, sin exclusión, por las Direcciones de Turismo, Cultura, y Hacienda, las que se expedirán en su conjunto en un lapso no Mayor a los treinta días de la fecha de presentación de la solicitud.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3648 de 1992-01-03 | Artículo 11 |