Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.434


Artículo D.434

Los solicitantes deberán declarar en el petitorio que expresamente autorizan a la Intendencia Municipal de Maldonado, a publicitar la visita a las instalaciones culturales y a los eventos programados en las mismas. Asimismo los solicitantes autorizan expresamente la utilización de imágenes de sus instalaciones y las obras que se exhiben en las mismas para usos publicitarios en folletos, afiches, prensa escrita, radial, televisiva y cinematográfica.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3648 de 1992-01-03 Artículo 8