Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.432


Artículo D.432

Los solicitantes deberán declarar en el petitorio que facultan a la Intendencia Municipal de Maldonado, siempre que ésta lo considere conveniente, se designe personal especializado Municipal, para que preste funciones en carácter de "Guía Cultural" para Mayor provecho de los visitantes dentro del horario habilitado al público, sin que ello implique por parte de los funcionarios designados ninguna responsabilidad sobre los bienes y valores existentes.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3648 de 1992-01-03 Artículo 6