VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN IV
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Los solicitantes deberán declarar en el petitorio, que todos los gastos de mantenimiento, vigilancia, personal de toda índole, costos de servicios públicos, impuestos, seguros, etc., que tengan que ver con el o los padrones cuya exoneración se solicita, serán de cargo total del peticionante, no teniendo la Intendencia Municipal de Maldonado ninguna responsabilidad directa ni indirecta sobre los bienes muebles e inmuebles y valores culturales que se exhiben en el mismo.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3648 de 1992-01-03 | Artículo 5 |