Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.3


Artículo R.3

Pruebas a rendir según solicitud. Para la obtención de licencia para conducir, los aspirantes deberán rendir examen teórico y otro práctico, cuyas pruebas establecerá y controlará la Dirección de Tránsito y Transporte.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 14906/1982 de 1982-12-03 Artículo 1