Digesto Departamental

Artículo R.3

Pruebas a rendir según solicitud. Para la obtención de licencia para conducir, los aspirantes deberán rendir examen teórico y otro práctico, cuyas pruebas establecerá y controlará la Dirección de Tránsito y Transporte.

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Artículo R.4

El examen teórico se dividirá en 4 (cuatro) grupos:

Grupo I: Comprende las categorías 1A, 1B y 3.

Grupo II: Comprende las categorías 2A, 2B, 2C, 4A, 4B y 4C.

Grupo III: Comprende la categoría 2D.

Grupo IV: Comprende las categorías 2E y 4E.

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Artículo R.5

El examen teórico I), consistirá en un conjunto de preguntas sobre la Ordenanza General de Tránsito, tendientes a poner de manifiesto los conocimientos del aspirante sobre normas contenidas en ella. Además, preguntas referentes a sistema de seguridad y luces reglamentarias de los rodados.

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Artículo R.6

El examen teórico II), comprenderá el teórico I) más un complemento sobre nociones de mecánica automotriz y vehículos de carga.

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Artículo R.7

El examen teórico III), abarcará el examen I) y II) más un complemento sobre reglamentación del servicio de taxímetros y conocimientos generales sobre la ubicación de rutas, paseos y lugares públicos del Departamento de Maldonado.

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Artículo R.8

El examen teórico IV) será el examen I) y II) más un complemento sobre la reglamentación del servicio de autobuses.

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Artículo R.9

Los exámenes prácticos se clasificarán en 5 (cinco) grupos:

Grupo I: Para categorías 1A, 2A, 2D y 4A.

Grupo II: Para categorías 1B, 2B y 4B.

Grupo III: Para categorías 2C y 4C.

Grupo IV: Para categorías 2E y 4E

Grupo V: Para categoría 3.

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Artículo R.10

El examen práctico I) podrá rendirse con cualquier vehículo automotor de más de tres ruedas y con capacidad máxima de 1.500 kg. de carga útil.

El examen práctico II) podrá rendirse con cualquier vehículo automotor de 7.000 kg. a 10.000 kg. de carga útil.

El examen práctico III) deberá rendirse con camiones o similares de más de 10.000 kg. de carga útil.

El examen práctico IV) tendrá dos modalidades:

  1. Para conducir vehículos de hasta 24 pasajeros sentados, podrá rendirse con vehículos de más de 9 pasajeros sentados, incluido el conductor.
  2. Para todo vehículo destinado al transporte colectivo de pasajeros, deberá rendirse con un vehículo con capacidad para más de 24 pasajeros sentados, incluido en el conductor.

 

El examen práctico V) para licencias categoría 3, comprenderá dos tipos:

  1. Si se rinde con una motocicleta de más de 50 cc. de cilindrada con cambios (mínimo dos hacia adelante) que no sean automáticos, se habilitará para conducir todo tipo de motocicleta de dos y tres ruedas.
  2. Cuando el examen se rinde con un ciclomotor aunque el aspirante tenga 18 años o más años cumplidos, se habilitará solamente para conducir este tipo de vehículos, dejándose constancia de ello en la licencia.

A los efectos de otorgar la licencia 3 a menores de 18 años, los aspirantes deberán presentarse acompañados de su padre, madre o tutor, quien dará su consentimiento por escrito.

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