Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.104


Artículo R.104

Forma de liquidación

El tributo de Patente de Rodados será de cálculo anual y de liquidación mensual. Todas las acciones que afecten el monto de patente serán consideradas hechas el último día del mes de su ocurrencia.


 



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 09472/2015 de 2015-12-31 Artículo 13