VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN IV
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Delegar en el señor Alcalde, las autorizaciones de los permisos de venta ambulante que se gestionen ante la oficina correspondiente, en forma precaria, revocable y sin derecho a indemnización, siempre y cuando, los informes provenientes de la inspección realizada, sean viables, y cumplan en un todo con la normativa vigente.