Digesto Departamental

Artículo R.375

Delegar en el Señor Alcalde la potestad de reiterar gastos observados por carecer de disponibilidad presupuestal.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4253/2011 de 2011-06-10 Artículo 1

Artículo R.376

Delegar en el señor Alcalde, las autorizaciones de los permisos de venta ambulante que se gestionen ante la oficina correspondiente, en forma precaria, revocable y sin derecho a indemnización, siempre y cuando, los informes provenientes de la inspección realizada, sean viables, y cumplan en un todo con la normativa vigente.