VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO VII
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SECCIÓN X
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Publicidad de los informes.
El informe anual del Defensor del Vecino a la Junta Departamental, así como también los informes extraordinarios que pueda brindar al Plenario, deberán tener la más amplia difusión.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3778 de 2003-05-16 | Artículo 18 |