Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.405


Artículo D.405

Localización.

La Intendencia Municipal de Maldonado reglamentará las áreas en que se puedan localizar urbanizaciones tipo club de Campo según las características definidas en el Art. D.403.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3382 de 1978-10-27 Artículo 5