VOLUMEN V
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LIBRO VII
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO I
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SECC. ÚNICA
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Las canchas deberán contar con un cordón vegetal, construido en los retiros compuesto de pinos y otras especies vegetales de alturas diversas, a fin de proteger a los vecinos de los perjuicios que la cancha les pueda ocasionar, así como para asegurar la continuidad tanto horizontal como vertical (hasta 4 metros de altura), del verde y de los pinos característicos del área.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3735 de 2000-06-21 | Artículo 7 |