Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.427


Artículo D.427

En el resto de las zonas se deberá cumplir con el FOS V y F dispuesto por la Ordenanza General de Construcciones.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3735 de 2000-06-21 Artículo 6