VOLUMEN V
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LIBRO VI
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Residuos.
En todos los casos en que no exista recolección municipal de residuos y en los clubes de campo cerrados se deberá garantizar la correcta disposición de los residuos, la que también asegurará la ausencia de efectos secundarios (humos, olores, insectos, roedores, etc.).
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3382 de 1978-10-27 | Artículo 20 |