Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.415


Artículo D.415

Viabilidad.  

Se realizará de acuerdo a lo que establezca la Dirección de Viabilidad de la Intendencia Municipal de Maldonado y la Ordenanza General de Fraccionamientos.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3382 de 1978-10-27 Artículo 16