Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.408


Artículo D.408

Responsabilidad del titular del inmueble.

El titular asumirá formalmente ante la Intendencia Municipal de Maldonado, la responsabilidad de:

a) Realizar las obras de infraestructura (agua, luz saneamiento, viabilidad, comunicaciones y otros servicios) de acuerdo a las normas que establecen los organismos públicos competentes.

b) Garantizar el funcionamiento y conservación de los mismos.

c) Realizar la forestación y parquización del área y la preservación y mejoramiento de las especies forestales existentes así como la reposición de aquellas afectadas por las obras.

d) Realizar el equipamiento social, deportivo y cultural comprometido

La Intendencia Municipal de Maldonado se reserva el derecho de solicitar un estudio de la factibilidad económico financiera del programa. Igualmente está facultada para establecer garantías financieras de su realización total, las que podrán liberarse de acuerdo al cronograma de avance de las obras.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3382 de 1978-10-27 Artículo 9