Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.407


Artículo D.407

Aprobación de un Club de Campo.

En todos los casos el titular deberá presentarse en "consulta previa "ante la Intendencia Municipal de Maldonado."

A todos los efectos del trámite, se considerará el Club de Campo como un proyecto de Arquitectura y no como un fraccionamiento común. En todas las etapas deberá presentarse firma responsable de Agrimensor y Arquitecto o Ingeniero Civil, con título habilitante, expedido o revalidado por la Universidad de la República.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3382 de 1978-10-27 Artículo 8