Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.152


Artículo R.152

El precio de la hora contratada por el servicio de cada inspector, será de $ 200. En caso de ser necesarios vehículos se adicionarán los siguientes costos: por cada motocicleta $ 50 la hora y será realizada coincidentemente con los demás ajustes de precios de acuerdo al Art. 158 del Decreto Nº 3622.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 5251/2005 de 2005-12-28 Artículo 1