VOLUMEN II
|
||
LIBRO II
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO III
|
||
CAPÍTULO II
|
||
SECCIÓN II
|
Todo acto Administrativo Municipal deberá ser motivado, explicándose las razones de hecho y de derecho que lo fundamentan. No son admisibles fórmulas generales de fundamentación, sino que deberá hacerse una relación directa y concreta de los hechos del caso específico en resolución, exponiéndose además las razones que Con referencia a él en particular justifican la decisión adoptada.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 908/1992 de 1992-02-12 | Artículo 1 |