Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.237


Artículo R.237

Establécese el valor de la fotocopia en $2 (dos pesos uruguayos) acuerdo a lo dispuesto por Resolución N0 387/05, por la cual se regulan los recaudos de los distintos servicios que presta la Intendencia, el que será reajustado cuando la Dirección General de Hacienda así lo determine.



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Fuente Observaciones
Res.ID. 907/2006 de 2006-02-24 Artículo 2