Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.35


Artículo R.35

Estudio. La documentación será suministrada en su totalidad por el gestionante. La Intendencia no buscará ni elaborará información alguna. Si resultara necesario, se podrá requerir del gestionante ampliación de la información recibida.

El estudio y evaluación de la propuesta del gestionante en sus dos fases, será llevada a cabo por la Unidad de Planificación Urbana UPU dependiente de la Dirección General de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 8322/2011 de 2011-07-10 Artículo 1