Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.34


Artículo R.34

Documentación. En todas las gestiones y para la presentación de ambas fases, el gestionante deberá presentar la información exhaustiva que fundamente su solicitud suscrita por el arquitecto y el ingeniero agrimensor conjuntamente. Los estudios deberán contemplar lo dispuesto por el Capítulo II del Decreto Nº 3866.

En cada caso deberá acompañar con el resumen ejecutivo de la información consistente en la aplicación de los formularios que se adjuntan por el ANEXO 1 FASE PRELIMINAR y ANEXO 2 FASE ESPECÍFICA que forman parte de la presente resolución. Los contenidos incluidos en los formularios tienen carácter orientador debiendo ser ajustados en cada caso dada su entidad concreta a juicio de la Unidad de Planificación Urbana UPU.

Toda la documentación debe presentarse en un original en poliester con el que se iniciará el expediente respectivo. Los componentes exigidos en general para la gestión deberán estar acompañados por una versión digital completa en CDrom o DVD.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 8322/2011 de 2011-07-10 Artículo 1