Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.293


Artículo D.293

Todo proyecto de fraccionamiento, así como toda obra, acción, construcción u ocupación a desarrollarse en la faja de 250 metros de defensa costera del Océano Atlántico y Río de la Plata, delimitada por el Artículo 153 del Código de Aguas (Decreto Ley 14.859 de 15 de Diciembre de 1978 y su modificativo), deberá estar precedida por la autorización del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a que hace referencia el Decreto Reglamentario del Poder Ejecutivo Nº 59/992 de 10 de Febrero de 1992.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3682 de 1993-12-03 Artículo 4