VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Los interesados en desarrollar actividades industriales, comerciales o de servicios en el Departamento de Maldonado deberán obtener, precio a su iniciación, la autorización de localización y la habilitación municipal.
A tales efectos deberán presentar la solicitud de localización, en los formularios correspondientes y con la información completa que en ellos se requiere.
La dirección de Higiene estudiara la solicitud determinando en primer lugar el grado de la actividad de acuerdo a lo que se establece en el artículo siguiente.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 183/1998 de 1998-01-19 | Artículo 1 |