Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.3


Artículo R.3

Los interesados en desarrollar actividades industriales, comerciales o de servicios en el Departamento de Maldonado deberán obtener, precio a su iniciación, la autorización de localización y la habilitación municipal.
A tales efectos deberán presentar la solicitud de localización, en los formularios correspondientes y con la información completa que en ellos se requiere.
La dirección de Higiene estudiara la solicitud determinando en primer lugar el grado de la actividad de acuerdo a lo que se establece en el artículo siguiente.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 183/1998 de 1998-01-19 Artículo 1