Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.231


Artículo D.231

Actividades turísticas.

a) Promover el mejoramiento de la industria turística existente, en su diversidad regional.

b) Promover el turismo alternativo a la modalidad de sol y playa, entre otros con el paisaje de sierra.

c) Consolidar los circuitos regionales de turismo náutico y deportes acuáticos.

d) Promover actividades turísticas asociadas a las áreas destinadas a actividades agropecuarias, definiendo criterios de compatibilidad que no desvirtúen el uso principal.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3919 de 2013-08-13 Artículo 13