Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.180


Artículo D.180

Centralidades y equipamientos. A efectos de actuar frente al rol territorial que está llamado a desempeñar el área del Plan, se consolidarán las actuales cuatro centralidades con diferentes alcances:

a) Zona comercial residencial mixta del pueblo José Ignacio, con limitaciones de usos y apertura de alternativas en el exterior del casco amanzanado fundacional, al tiempo de manejar criterios de saturación para áreas en su interior;

b) Zona comercial residencial mixta de La Juanita, en la que se admiten todos los destinos comerciales y de servicio correspondientes a zonas residenciales con vivienda permanente;

c) Centralidad en la manzana catastral Nº 19 y el camino Agrimensor Eugenio Saiz Martínez, al Norte de la Ruta Nacional Nº 9, para la implantación de equipamientos de servicio compatibles con el carácter turístico residencial del área del Plan;

d) Zona comercial residencial mixta sobre la calle occidental perpendicular a la costa en el fraccionamiento Karin Elizabeth "Arenas de José Ignacio", con limitaciones de usos.

Las disposiciones sobre las centralidades en el área del Plan Local se grafican en el "plano OR.05 – centralidades, zonas comerciales y espacios públicos" incluido en los anexos.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 19