Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.99


Artículo R.99

Prohibir en el territorio departamental la utilización de caminaría de jurisdicción departamental para eventos automovilísticos tipo rally o similar que por su forma de utilización provocan importantes destrozos sobre la red usada.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2930/1996 de 1996-09-23 Artículo 2