VOLUMEN IX
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LIBRO I
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO I
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SECC. ÚNICA
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Una vez definido el saldo de precio y el monto de los pagos mensuales, los anticipos o cancelación total antes del plazo fijado, generarán derecho a un descuento del 6% en el valor de cada cuota mensual adelantada.
Las cuotas abonadas con retraso, serán reajustadas por I.P.C. (Índice Precios de Consumo).
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 5192/2008 de 2008-06-27 | Artículo 18 |